PLAN DE RECUPERACIÓN POST COVID: NO LLEGARÁN LOS FONDOS EUROPEOS SIN LA CONSULTA PREVIA A ADMINISTRACIONES, ASOCIACIONES Y EMPRESAS

Seguimos preguntando…¿dónde está el borrador? A tres meses del plazo final y tratándose del mayor reto de nuestra historia reciente, en España no se conoce aún la propuesta de Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia. La Comisión acaba de adelantarse por vía de directrices a lo que el Reglamento Next Generation EU exigirá en breve legalmente. Máxima exigencia, pues, de transparencia y participación. 

Desde hace meses, En Alonso & Asociados llevamos exigiendo dicho borrador y trabajando junto a administraciones, asociaciones y empresas para lograr su plena participación en esta operación histórica.

La Comisión Europea no ha querido esperar más al Reglamento que gobernará los fondos Next Generation EU y se ha adelantado a su inminente entrada en vigor. Y lo ha hecho mediante una Comunicación de fecha 22 de enero 2021 que actualiza las directrices a los Estados que están elaborando sus planes (Documento de Trabajo del staff de la Comisión – Guía sobre los Planes de Recuperación y Resiliencia SWD (2021) 12 final).

En la segunda de sus tres partes, la Comisión explica una de las doce obligaciones para que los planes sean aprobados, en concreto la establecida en el apartado a de la letra j) del párrafo 3 del artículo 15.

Los gobiernos deberán presentar, según dicho artículo 15.3.j) a: Un resumen del proceso de consulta llevado a cabo dentro del marco legal, a las autoridades locales y regionales, agentes sociales, organizaciones de la sociedad civil y de jóvenes así como a otros actores relevantes, para la preparación y, cuando proceda, el desarrollo del plan, y cómo se han reflejado las contribuciones de aquéllos en el plan [1].

Las Directrices de la Comisión Europea de 22 de enero lo explican así:

Los Estados Miembros son invitados a describir el marco institucional del plan así como el procedimiento de toma de decisiones que han llevado a la adopción y presentación de los planes de recuperación y resiliencia.. Los Estados miembros deben, en concreto, presentar un resumen del proceso de consulta llevado a cabo en el marco jurídico nacional, en el momento de la preparación del plan, y describir cómo las contribuciones de los actores consultados se han tenido en cuenta y se han reflejado en el plan. El resumen debe contener el tamaño de la muestra (lista de agentes sociales consultados, organizaciones de la sociedad civil, otros actores, etc), el tipo de consultas (conferencias, contactos bilaterales, tripartitos, etc) y el calendario de los esfuerzos realizados para llevar a cabo los contactos y si dichos actores han sido consultados de manera selectiva sobre aspectos específicos de las componentes o si se ha llevado a cabo una consulta general sobre el borrador de plan en su conjunto. Los Estados miembros deben, en este mismo orden de cosas y si fuese posible, explicar de qué manera piensan involucrar a los actores principales en el desarrollo del plan en su conjunto (…).

El gobierno tiene la palabra para organizar esta tarea colosal de aquí a abril.

 

[1] Traducción libre del inglés al español realizada por Alonso & Asociados.

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