EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RECLAMA LA PRIMACÍA DEL DERECHO DE LA UE

En su sentencia de 5 de Noviembre de 2015, amparándose en el Derecho de la UE, el Tribunal Constitucional abre la puerta del amparo constitucional a un funcionario público (profesor de secundaria) que venía reclamando los mismos complementos salariales que los profesores fijos, frente a los que se sentía discriminado.

El alto Tribunal da un buen tirón de orejas a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de Madrid por “ni citar ni valorar la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, vulnerando el principio de primacía del Derecho de la UE”. En este caso, se trata del artículo 4.1 de la Directiva 1999/70/CE del Consejo que establece un acuerdo marco CES-UNICE y CEEP (diálogo social) y que consagra el principio de no discriminación, ampliamente desarrollado por la jurisprudencia del Tribunal de la UE con sede en Luxemburgo.

En tiempos de crisis y de desapego europeísta (inmigración, Grecia, Brexit… ) son música para los oídos estas decisiones que dan pocos titulares pero que atienden a los verdaderos problemas del ciudadano de a pie. Es esperanzador ver que la Europa de los ciudadanos se sigue construyendo día a día, pasito a pasito mediante decisiones de nuestros jueces cercanas a las personas, atentas a sus derechos. En eso, el Derecho comunitario viene presentándose desde los inicios de la Unión Europea como el verdadero cemento de esta Unión, núcleo de su comunidad de derecho y baluarte frente a euroescépticos y nacionalistas.

Saberlo interpretar y hacer un buen uso del mismo acorta el camino a Bruselas para hacer valer sus derechos ante la UE.

Se puede leer la sentencia del Tribunal Constitucional al completo en el siguiente enlace.

 

© European Union, 2006   /   Source: Reporters Press Agency   /   Photo: Schroeder Alain

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